Pensión de alimentos
Qué cubre, cómo se calcula en Chile y una calculadora referencial gratuita — no reemplaza a la mediación ni al tribunal, es para que conversen con información clara.
🧮 Calculadora referencial
Con los ingresos líquidos de cada uno y el número de hijos, te mostramos un rango de referencia: el mínimo que fija la ley, el tope máximo y una estimación proporcional si agregas el gasto mensual de los hijos.
⚠️ Sin conexión — usando el último valor guardado en este dispositivo.
El gasto estimado es opcional: sin él igual verás el mínimo legal y el tope. Con él, además verás una estimación proporcional según los ingresos de cada uno.
Lo que dice la ley, en simple
8 temas breves. Toca uno para abrirlo.
1 Qué cubre la pensión de alimentos
No es solo "comida". La ley entiende por alimentos todo lo necesario para que un niño, niña o adolescente viva bien:
- Alimentación y salud (incluida la previsión de salud).
- Vestuario adecuado a su edad y estación.
- Vivienda: una parte del costo de mantener un hogar.
- Educación: enseñanza básica y media, y el aprendizaje de una profesión u oficio.
- Movilización y recreación razonable.
Todo esto se calcula como un conjunto, no como una lista de boletas: la pensión mensual está pensada para cubrirlo en su totalidad, mes a mes.
2 Ambos progenitores aportan, según su capacidad
La obligación de alimentos es de ambos padres, no solo de quien no vive con los hijos. La diferencia está en la forma del aporte:
- Quien vive con los hijos aporta, día a día, con el cuidado directo y con los gastos que solventa sin pasar por la pensión (comida del día a día, ropa que compra, traslados, etc.).
- Quien no vive con los hijos aporta principalmente con la pensión en dinero.
El monto de cada uno se calcula proporcional a los ingresos de cada progenitor: quien gana más, aporta más en términos absolutos. Esta calculadora no usa ni pide porcentajes de tiempo de cuidado — ese no es un factor que aquí se considere.
3 Mínimos y topes que fija la ley
La ley (14.908) pone un piso y un techo a la pensión:
- Mínimo: no puede ser inferior al 40% del ingreso mínimo remuneracional (IMR) si es un solo hijo. Si son dos o más, no puede ser inferior al 30% del IMR por cada uno.
- Tope: en total, la pensión no puede superar el 50% de los ingresos de quien la paga (salvo circunstancias excepcionales que evalúa el tribunal).
Entre ese piso y ese techo, el monto concreto depende de las necesidades reales de los hijos y de la capacidad económica de cada progenitor — por eso la calculadora entrega un rango, no una cifra única.
4 Por qué se expresa en UTM
Muchas pensiones se fijan en UTM (Unidad Tributaria Mensual) en vez de un monto fijo en pesos. La razón es práctica: la UTM se reajusta sola cada mes según la inflación, así que el valor real de la pensión no se licúa con el tiempo — nadie tiene que pedir un reajuste manual cada cierto tiempo para que la pensión mantenga su poder adquisitivo.
Por eso esta calculadora te muestra cada monto también en su equivalente en UTM del mes.
5 Qué son los gastos extraordinarios
Son gastos que no están cubiertos por la pensión mensual habitual, porque son imprevistos o puntuales:
- Una urgencia o tratamiento de salud no cubierto por el plan o seguro (por ejemplo, una operación, ortodoncia, un tratamiento psicológico prolongado).
- Gastos de educación específicos y no recurrentes (matrícula de un colegio nuevo, un curso o taller puntual, materiales de un proyecto especial).
- Otros gastos excepcionales y justificados que no forman parte del día a día.
Salvo que acuerden algo distinto, la ley entiende que estos gastos se reparten por mitades entre ambos progenitores, además de la pensión mensual.
6 La mediación previa es obligatoria en alimentos
Antes de presentar una demanda de alimentos en tribunal, la ley exige pasar primero por mediación familiar. Es un espacio con un mediador o mediadora capacitado que ayuda a ambos progenitores a acordar un monto sin necesidad de un juicio.
Este trámite es gratuito o de muy bajo costo según tus ingresos, a través del sistema de mediación familiar licitado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Solo si la mediación no resulta en acuerdo, se puede recurrir al tribunal.
7 El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Existe un registro público donde queda inscrita toda persona que acumula deudas de pensión de alimentos por un monto o plazo relevante. Estar inscrito trae consecuencias concretas, entre otras:
- Restricciones para salir del país.
- Suspensión o retención de la licencia de conducir.
- Retención de parte de devoluciones de impuestos y otros beneficios estatales para el pago de la deuda.
Este registro existe para asegurar que los hijos reciban lo que les corresponde. Si tienes dificultades reales para pagar, lo mejor es conversarlo a tiempo — con el otro progenitor o en mediación — antes de que se acumule una deuda.
8 Alimentos y relación con los hijos son cosas distintas
Son obligaciones jurídicamente independientes: no pagar la pensión no es motivo legal para restringir el contacto con los hijos, y no ver a los hijos no es motivo para dejar de pagar la pensión. Cada una se exige por su propia vía.
Puedes leer más en la guía "Alimentos y visitas son cosas distintas".